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AMPLIACION DEL DECRETO 332/2020 – Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

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? Modificación del artículo 2 del Decreto 332/2020 y derogación del artículo 9 de dicho decreto.
? Salario complementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado.
? Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos con garantía del Estado Nacional
que se hará cargo de los intereses
? Se mantiene la reducción de aportes patronales.
? El seguro de desempleo será de $ 6000 a $ 10000
? El Estado Nacional se hará cargo del 100% del Costo Financiero Total del préstamo a tasa 0%
? Todo pasará a ser salario complementario hasta el 50% del salario neto no pudiendo ser inferior a un salario vital y móvil. No podrá superar dos salarios vital y móvil.
? Quienes se inscribieron hasta el viernes en los REPRO se van a reconvertir a este sistema.

?El FONDEP dispondrá, a través del Jefe de Gabinete, de 11 mil millones de pesos para solventar el CFT de los préstamos a tasa 0%
? El FOGAR dispondrá, a través del Jefe de Gabinete, de 26 mil millones de pesos
? El Ministerio de Trabajo tendrá la potestad de modificar e implementar el Seguro por Desempleo.
?El Salario Complementario será hasta el 50 % del salario neto no pudiendo ser inferior a un salario mínimo vital y movil y no superar los dos Salarios MVyM (referencia: salario de febrero 2020)